El permiso por paternidad aumenta a 12 semanas, a partir del 1 de enero de 2020

El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, tiene como objetivo mejorar la conciliación familiar y laboral, eliminar la discriminación salarial, reducir la brecha de las pensiones entre hombres y mujeres y generalizar los planes de igualdad en las empresas.
En lo que respecta al permiso de paternidad, el Real Decreto-ley contempla la ampliación paulatina del permiso de paternidad hasta equipararlo plenamente con la baja maternal.
Aplicación progresiva del permiso de paternidad
- En 2019, el permiso fue de 8 semanas, las 2 primeras ininterrumpidas inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.
- En 2020, la duración del permiso será de 12 semanas; las cuatro primeras semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.
- Finalmente, en 2021, la duración del permiso será de 16 semanas; las seis primeras semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.
Las prestaciones por maternidad y paternidad no tienen que abonar IRPF, según la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018. Los que las hayan disfrutado en 2019 no deben incluirlas como ingresos en la próxima declaración de la renta, y si han sufrido retenciones serán deducibles, o descontadas en los borradores de la declaración, según ha informado la Agencia Tributaria.