Estatuto PDI: Final de curso con asignaturas pendientes
El pasado 24 de julio se celebró la última reunión de este curso del “espacio de negociación del anteproyecto del Estatuto del PDI”, en términos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MCIN), en la que se hizo un recopilatorio de los puntos pendientes por resolver. Debido a que no se recibió la documentación con una antelación suficiente, no se pudo profundizar en el contenido de los cambios planteados con respecto a la versión del borrador de la reunión anterior. El compromiso de UGT con el PDI de las universidades públicas fue la razón de nuestra asistencia.
Desde UGT incidimos en los siguientes puntos:
Expusimos cómo se articula la carrera horizontal del PDI en otros países y recordamos que se debe reconocer de la misma manera que al resto del sector público. Defenderemos que este derecho se aplique al conjunto del PDI con independencia de la vinculación laboral o funcionarial que se exista con su universidad.
Defendimos la importancia de que se recoja en el articulado el desarrollo de la carrera profesional del personal docente e investigador, pues hemos detectado que en algunas universidades se actúa de manera arbitraria con distintos criterios, incluso, de manera interna en función de lo que determine la dirección de los distintos departamentos en cada momento.
Reclamamos la participación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, máxime cuando el debate del Estatuto con la parte social se realiza en el marco de un “espacio de negociación del anteproyecto” y, por lo tanto, nos preocupa que pueda repetirse de nuevo la situación vivida hace unos años en la que fue este Ministerio Ausente el que echó para atrás el acuerdo que se alcanzó. Una vez termine la negociación del anteproyecto, tendrá que contar con el visto bueno de la Conferencia General de Política Universitaria (Comunidades Autónomas), del Consejo de Universidades (rectores) y del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado (estudiantes) y así poder comenzar con el trámite de Proyecto de Ley. El PDI necesita que los avances que se alcancen en la negociación no sean un oasis en el desierto que se convierta en un espejismo al tocarlo.
Desde la Secretaría General de Universidades se nos trasladó su preocupación por alcanzar un gran acuerdo en materia de financiación. En la actualidad, el dinero que reciben las universidades se sitúa, por término medio, en el 0,55 % del PIB, con una comunidad autónoma en el 0,41 %, y existe la obligación recogida en la LOSU de que se alcance el 1 % en el año 2030. Es necesario determinar si el producto interior bruto de referencia es el de cada autonomía o el del Estado. A partir de septiembre, Ministerio y Comunidades se sentarán para comenzar las negociaciones.
Además, recordamos las situaciones que se plantearon en la anterior reunión y que empiezan a requerir una solución urgente:
Compatibilidad del profesorado asociado y sustituto cuya actividad principal se da en la administración pública. Nos explicaron que está paralizada, pero la prórroga de la implatanción de la docencia contemplada en la Ley de enseñanzas artísticas (Ley 1/2024) resolvería esta situación de manera temporal puesto que ayuda a ganar tiempo gracias a la posibilidad de prorrogar los actuales contratos de profesorado asociado LOU. La solución vendrá de la mano de una modificación legislativa vehiculada con otra Ley del mismo rango.
Reconocimiento de la investigación al profesorado sustituto interino. No se produjeron avances desde la última reunión. Nos mostraron su preocupación para un problema derivado de una modalidad contractual que ya existía en algunas comunidades autónomas con una filosofía distinta a la que luego reguló la LOSU. La entrada en vigor de la nueva norma ha generado un contratiempo en el desarrollo profesional de quienes tienen un contrato con estas características al no tener reconocida la función investigadora y una reducción retributiva por la parcialidad de los contratos.
Situaciones autonómicas particulares de figuras de profesorado en el marco LOSU. Se está buscando una solución. Nos detallaron que el foco principal del problema está en una de las universidades públicas madrileñas que hizo un mal uso de la figura con respecto a cómo se definía en la LOU y ha dejado en el limbo a muchas personas contratadas bajo esta modalidad, cuya continuidad en el puesto de trabajo está en entredicho. A este respecto, desde UGT recordamos, una vez más, que mientras se estudia y adopta una solución, se pueden prorrogar los contratos hasta los dos años posteriores a la entrada de la LOSU (art. 83), si bien es cierto que de manera efectiva debería ser hasta el final del curso 2024-2025 para no interrumpir la docencia, como también reconoció la interlocución del MCIN.
No perdimos la ocasión de recordar que el Proyecto de Real Decreto por el que se modifican varios reales decretos reguladores de las evaluaciones del personal investigador de los Organismos Públicos de Investigación y del personal docente e investigador de las Universidades públicas regula materias que son de obligada negociación colectiva (art. 37 del TREBEP) y entra en conflicto con algunas de las propuestas de UGT para el Anteproyecto del Estatuto del PDI, como el reconocimiento de los niveles 29 para el profesorado titular y 30 para el personal del cuerpo de catedráticos. Se nos informó de que la elaboración de este Proyecto se realiza desde la Dirección General de Planificación, Coordinación y Transferencia del Conocimiento y que una vez se termine el periodo de consulta pública (acceso a las reivindicaciones de UGT), se comenzará la negociación con la parte social.
Desde UGT vemos que aún queda mucho por hacer. El Estatuto del PDI es una de nuestras reivindicaciones históricas y debe recoger, comprender y mejorar las condiciones de trabajo de 107 mil personas dedicadas a la docencia y a la investigación en las universidades públicas. Tiene que suponer un avance global que detenga la necesidad de recurrir a los tribunales para conseguir la igualdad entre el personal laboral y funcionario, con independencia de la eventualidad o fijeza que se pueda tener y el tiempo de dedicación recogido en el contrato. Es imperativo que el Estatuto del PDI tenga como objetivo la dignificación de la profesión de quienes han decidido dedicar su vida laboral a la enseñanza y la investigación en el ámbito universitario