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ANECA_ Nuevos criterios de Acreditación

ANECA_ Nuevos criterios de Acreditación

ANECA ha publicado un documento sobre los "criterios de Evaluación y Requisitos Mínimos de Referencia de los Méritos y Competencias requerido para obtener la Acreditación", que estará en consulta hasta el 29 de febrero de 2024.

UGT denuncia que este tema debería haberse negociado con los sindicatos, de acuerdo con el art 37.1 del EBEP, y que no se han tenido en cuenta las alegaciones  presentadas anteriormente .

UGT considera que el documento presenta deficiencias y proponemos mejoras en algunos aspectos como:

1. Si bien la evaluación cualitativa se abre paso, lo que debería reducir la carga de trabajo en la acreditación, sin embargo, la rigidez en los mínimos de 50 puntos  en los distintos apartados hace que los candidatos a Profesor/a Titular de Universidad (PTU) y Catedrático/a de Universidad (CU) tengan que demostrar competencia en  todas las facetas, incluida la Gestión, que no debería ser exigible ya que no está al alcance  de  la mayoría de los PDI (Como su nombre indica son Personal Docente e Investigador, añádase la G de Gestión si eso es lo que quiere ANECA).

2. Estancias mínimas obligatoriasUGT ya solicitó que se eliminaran los mínimos en las estancias y que se consideraran méritos y no requisitos. Además, solicitamos que se puedan acumular estancias de menos de un mes para facilitar la conciliación.

3. La transferencia debe considerarse también como un mérito y no como un requisito, particularmente en el caso de la acreditación a CU.

4. Las cuestiones de liderazgo se ven muy mediatizadas por el desempeño de los cargos unipersonales de gestión a los que no es fácil acceder y por tanto no puede ser vinculante su ejercicio para la acreditación.

5. El tiempo requerido como profesor asociado de ciencias de la salud para la acreditación a catedrático es excesivo. Muchos de ellos tienen un contrato de tres horas semanales, lo cual implica que para la acreditación a CU se exigirían 20 años de dedicación a tiempo parcial, cuando actualmente se obtiene una C, compensable, con 12 años de ejercicio.

6. La necesidad de ser IP para la acreditación a CU con garantías rompe la flexibilidad anterior y hará que los grupos de investigación se dividan y difuminen.

7. Los cambios propuestos deberían llevar aparejada una transitoriedad de manera que los criterios anteriores convivan con los nuevos mientras las carreras universitarias se adecuan a los nuevos criterios.

8. Existe una discrepancia con el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, ya que la estancia en otras universidades o centros de investigación es solo requisito para la acreditación a PTU, nunca para CU.

9. El profesorado con distintos tipos de discapacidad solo tiene asegurada una vía de no discriminación en la exención de las estancias en otras universidades. Sin embargo, este colectivo debe tener asegurada la no discriminación en cada una de las acciones que se requieren para la acreditación a PTU y CU.

La acumulación de problemas observados dificulta la aceptación por parte del profesorado de unas normas que exigen una adaptación paulatina entre las anteriores y las actuales. Resulta fundamental, en este sentido, que se tenga en cuenta a las organizaciones sindicales para la negociación de dichos criterios, ya que estos afectarán directamente a las condiciones laborales del personal docente y, en general, al conjunto del Sistema Universitario Español.

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