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Mesa PTGAS 23/02/2024: Solicitudes y preguntas de UGT

Mesa PTGAS 23/02/2024: Solicitudes y preguntas de UGT

Procesos selectivos Escala Administrativa. Promoción y libre

Desde UGT trasladamos la preocupación y el malestar de una gran parte de los aspirantes de la promoción interna de la Escala Administrativa, cuya convocatoria fue publicada en el BOE el día 26 de septiembre de 2023. La fecha del examen se encuentra programada para el día 22 de septiembre de 2024.

Esta programación, desde nuestro punto de vista, incumple lo establecido en la propia Ley de Procedimiento Administrativo y transgrede el principio de agilidad en los procesos selectivos (art. 55.2.f), EBEP).

Consideramos que los exámenes deben celebrarse con anterioridad al periodo vacacional de verano y que deben ser desconcentrados (artículo 23 del Pacto) otorgando las mismas oportunidades a los compañeros de Huesca, Teruel y Zaragoza. 

Solicitamos a la Gerencia que transmita esta preocupación al Tribunal, y reconsidere la fecha de celebración del examen, así como la celebración de los exámenes en las 3 localidades. Y que se vuelva a incorporar en las convocatorias el plazo máximo de ejecución de las convocatorias.

Respuesta: Aunque la Gerencia parece compartir alguno de los argumentos presentados, nos responde que todos estos asuntos están dentro de la  competencia del Tribunal y de su autonomía. 

Insistimos en la importancia de establecer plazos en las convocatorias para evitar estas circunstanciasAdemás, creemos que es necesario descentralizar la realización de los exámenes, considerando que los compañeros que trabajan en los Campus de Teruel y Huesca se enfrentan a más dificultades para la promoción y tienen limitaciones adicionales de acceso a la formación.

Ceses por el proceso de estabilización

En relación a la compensación económica derivada de la cobertura de los puestos por el proceso de estabilización, se están recibiendo numerosas quejas sobre la interpretación tan restrictiva que hace la Universidad del artículo 2.6 de la LMURT, que establece:

"Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización".

La universidad limita la compensación a lo que establece la Ley y, añade la condición de que el trabajador no continúe prestando servicios para la UZ.

Esta interpretación podría vulnerar el derecho a la compensación establecido en la LMURT e ir en contra del espíritu de la Ley, que busca la protección de los trabajadores temporales. Sospechamos que esta interpretación busca limitar el aumento del gasto por compensaciones económicas.

La judicialización es una vía a la que van a recurrir los trabajadores afectados que se les ha denegado la compensación. ¿Interesa a la Universidad verse sometida a procesos judiciales que, previsiblemente, puedan fallar en su contra?

Solicitamos a la Gerencia que reconsidere la postura para evitar un escenario negativo para la Universidad.

Respuesta: La ley 20/2021 estipulaba que su aplicación no podía suponer un incremento del gasto público. En virtud de esta consigna y atendiendo a criterios de los servicios jurídicos de la UZ, se está procediendo tal y como fue publicado en el iUnizar del 21/12/2023.

Tramo específico de antigüedad y desempeño

En referencia al punto 2.2 del Acuerdo en materia de carrera horizontal y desarrollo profesional, ¿se debe de solicitar o se informará cuándo se abrirá el plazo para solicitarlo?

Solicitamos, la inclusión como punto en el orden del día de la próxima Mesa de PTGAS de la apertura de negociaciones del actual Reglamento de Carrera Horizontal, en relación con el punto 4, apartado 4º del mismo Acuerdo.

RespuestaLa Gerencia está de acuerdo y se  tratará en próximas mesas de negociación de manera que se puedan incorporar a la carrera aquellos compañeros que no tuvieron oportunidad en su momento, y para aquellos que ya están y puedan subir de tramo 

Subida salarial empleados públicos 

¿Cuándo se va a abonar la subida salarial pendiente del 0,5%, correspondiente al año 2023? ¿Y de los fondos adicionales? ¿La subida del 2% correspondiente al año 2024, cuándo se va abonar?

Respuesta: El Gerente informa que está ya se ha solicitado la autorización al Gobierno de Aragón para proceder al abono de estos conceptos. Se espera que la autorización se obtenga antes de la nómina de marzo. Una vez autorizado el gasto de la subida del 0,5 %, se calculará el importe de los fondos adicionales, y se abonará en la nómina correspondiente. Se prevé que este proceso se lleve a cabo como en otras ocasiones, dentro del plazo de presentación de la declaración de la renta, para evitar la necesidad de realizar una declaración complementaria.

En lo que respecta a la subida del 2% todavía está pendiente su aprobación en los Presupuestos Generales del Estado.

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