La Universidad de Zaragoza implementa los nuevos permisos aprobados por el RDL 5/2023 para el PTGAS y el PDI.
Ambos permisos debían de ser implementados en la UZ, ya que están recogidos en el RDL 5/2023, que traspone la Directiva Europea 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y vida profesional de los progenitores y cuidadores.
1. Permiso por fuerza mayor para ausencias justificadas (retribuido):
Motivo: Situaciones urgentes relacionadas con familiares o personas convivientes debido a enfermedad o accidente.
Duración: Horas equivalentes a cuatro días al año (será proporcional a la dedicación de jornada laboral).
Procedimiento de solicitud:
Cuando se produzca el hecho causante, mediante comunicación al responsable de la Unidad/Director/a de Departamento.
Documentación a aportar:
Declaración responsable justificativa de la ausencia y acreditación del familiar o, en el caso de persona conviviente, volante de empadronamiento. Si la acumulación excede de un día, será necesario un justificante médico.
Desde UGT valoramos positivamente la disposición de la Gerencia para extender este permiso, inicialmente limitado al personal laboral, también al personal funcionario de la Universidad de Zaragoza, abarcando tanto al PDI como al PTGAS.
2. Permiso parental para cuidado de menores (no retribuido)
Destinatarios: Padres/madres o personas que tengan acogidos a menores por más de un año, hasta que el menor cumpla 8 años.
Duración: Hasta ocho semanas, continuas o discontinuas, por semanas completas y a tiempo completo.
De momento, hasta que no exista una reglamentación específica no podrá disfrutarse a tiempo parcial, por ello desde UGT hemos exigido que se convoque la mesa de diálogo social para negociar el desarrollo reglamentario necesario para su disfrute a tiempo parcial.
Procedimiento de solicitud:
Solicitud por registro electrónico al Vicerrector de Profesorado/Gerente expresiva de las fechas de inicio y fin del permiso.
Características:
Durante el permiso, se mantiene el alta y la cotización en el régimen de seguridad social que le corresponda (S. Social o MUFACE)
La concesión estará sujeta a las necesidades del servicio, y cualquier denegación deberá justificarse.
Plazos:
Solicitud con al menos una antelación de 10 días laborables.
Resolución también en un máximo de 10 días laborales.
En relación con este permiso, UGT ha exigido al Gobierno que sea un permiso remunerado, ya que, sin esta retribución, se limita la posibilidad de acogerse a él, especialmente para aquellas personas trabajadoras que no pueden afrontar la falta de ingresos durante su disfrute.
En los próximos días se publicará la Resolución del Rector para su aplicación a todo el personal de la UZ.