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Crónica de la constitución de la Mesa del PTGAS

Crónica de la constitución de la Mesa del PTGAS

El informe de la Dirección General de Trabajo desbloquea la Constitución de la Mesa.

Ayer, martes 6 de febrero, se llevó a cabo la constitución de la Mesa de Negociación del PTGAS.

La razón por la que la UZ finalmente ha dado el paso ha sido la emisión de un informe aclaratorio por parte de la Dirección General de Trabajo, en respuesta a la consulta formulada por la Gerencia para determinar qué organizaciones sindicales debían participar, de acuerdo con los resultados de las elecciones sindicales del 30 de noviembre.

El informe, a pesar de su carácter informativo y no vinculante, ha servido para desbloquear este asunto y proceder a su constitución. 

Según la normativa vigente, a la que hacíamos referencia en nuestro escrito del pasado miércoles, y del examen de los resultados electorales, la Mesa del PTGAS estará conformada por los siguientes sindicatos:

  • CCOO: 1 representante (por ostentar la condición de sindicato más representativo en la CCAA y a nivel Estatal)
  • C.G.T: 2 representantes (por haber obtenido en el ámbito funcional específico-PTGAS- más del 10% de representación)
  • SOMOS: 8 representantes (por haber obtenido en el ámbito funcional específico-PTGAS- más del 10% de representación)
  • U.G.T: 4 representantes (por obtener más del 10 % de representación en el ámbito funcional específico-PTGAS-, pero además, por ostentar la condición de sindicato más representativo en la CCAA y a nivel Estatal)

Con respecto a  algunas informaciones que han sido remitidas, con el fin de confundir y negar la mayor, es importante señalar que la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, no otorga privilegios exclusivos a CCOO y UGT. Esta ley confiere la capacidad representativa a los sindicatos que cumplen la condición de ser los más representativos a nivel estatal o autonómico, permitiéndoles representar en todos los niveles territoriales y funcionales.

Cualquier sindicato puede tener esta condición, no está reservado exclusivamente para UGT y CCOO. Sólo deben participar en las convocatorias de elecciones a Comités de Empresa y órganos correspondientes de la Administraciones Públicas y alcanzar el 10% o más del total de delegados a nivel estatal, o bien, a nivel de CCAA obtener, al menos, el 15% de de representantes y contar con un mínimo de 1500 representantes. 

La representatividad no se obtiene solamente "porque yo lo valgo" sino porque hay que trabajarla día a día, con esfuerzo y trabajo constante durante años, y no sólo en algunos ámbitos de trabajo, sino en todos y cada uno de los sectores productivos. 

La historia de la UGT, con sus 135 años de lucha ininterrumpida por los derechos de la clase trabajadora, no han sido ningún camino de rosas. Por eso, no hablemos de privilegios y seamos serios. 

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