Estabilización: Baremos, 2ª Parte.
Ayer tuvo lugar la segunda reunión de la Mesa de PAS para la negociación de los baremos de los procesos de estabilización.
La Gerencia nos envió un nuevo documento con los baremos, y con pocas novedades con respecto a la primera versión, a excepción de subir el porcentaje de la experiencia al 70% y de bajar otros méritos al 30%. Ver propuesta
En nuestra intervención UGT nos hemos ratificado en los planteamientos iniciales que ya expusimos en la anterior mesa y que podéis ver aquí.
Después de la puesta en común de las propuestas de los distintos sindicatos la Gerencia se ha tomado un tiempo para su estudio y volver con algunos ofrecimientos, entre los que destacamos:
CONCURSO
1. Se modifican los porcentajes:
a. 75% en servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral en la Escala que se convoca con distinta ponderación según la experiencia en las diferentes AAPP.
En la UZ , los 5 últimos años en la Escala puntuarán a razón de 8 puntos por año. El resto de años a 4 puntos por año.
b. 25% Otros méritos, además de la superación de ejercicios en convocatorias anteriores, admiten también considerar estar en la posesión o en disposición de obtener otras titulaciones académicas de nivel superior a la requerida para el acceso a la escala, con una ponderación de 5 puntos (entendemos que sólo se valorará la de mayor grado).
2. Sólo computará la experiencia como interino o laboral temporal. En este aspecto únicamente UGT hemos manifestado nuestro desacuerdo.
3. La formación realizada no va a puntuar, el motivo según el Gerente es la falta de recursos humanos para poder llevar a cabo esta gestión que considera complicada, y que además va en contra del principio de simplicidad que recoge la Ley 20/2021.
4. A solicitud de UGT, han admitido computar la experiencia en otras Escalas de la UZ, propuesta también compartida por CGT, exclusivamente. A razón de la ½ de puntos que en la Escala que se convoca.
Las razones que hemos argumentado es que hay trabajadores que al estar en diferentes listas de espera han desempeñado puestos de trabajo en distintas escalas, y los conocimientos requeridos en muchos casos son similares. Además otra de las razones es que hay puestos en los que se ha modificado la escala en las últimas RPTs y esto no debería suponer un perjuicio para el trabajador. Solicitamos incorporar en el texto del baremo definitivo el compromiso de que se ofrecerá un tratamiento homogéneo en las correspondientes convocatorias a los servicios prestados en aquellos puestos que haya sido modificada su escala.
5. En las Escalas profesionales reguladas (grupo A1) se sigue manteniendo la presentación de memoria y la valoración del ejercicio de la actividad profesional en el ámbito privado.
Nuestra valoración :
1. Valoramos positivamente el cambio en los porcentajes, así con 17 años trabajados en la UZ se puede conseguir el máximo de puntos (75), y con 8 años se puede conseguir superar la puntuación mínima exigida (50 puntos)
2. No estamos de acuerdo con la negativa de valorar la experiencia independientemente de la relación jurídica que se tenga con la UZ. No debe ser motivo de discriminación el tipo de nombramiento, la experiencia en la Escala es la misma se tenga un nombramiento u otro.
El art. 10 TREBEP establece en su apartado 5 que «a los funcionarios interinos les será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera», por su parte las sentencias europeas han declarado la ilícita discriminación padecida por el colectivo interino en relación con los funcionarios de carrera, y ello en aspectos tan diversos como el reconocimiento de trienios, el disfrute de otros complementos retributivos o el derecho a ver prorrogado su nombramiento hasta la efectiva cobertura de su plaza, y ahora, nosotros mismos vamos a establecer esta discriminación en el sentido contrario, por si esto fuera poco, en las profesiones reguladas (grupo A1) el ejercicio de la actividad profesional Privada se va a valorar. No podemos decir más que esto absurdo e ilógico, sin más.
3. Agradecemos también que se haya considerado la petición de UGT de valorar la experiencia en otras Escalas de la UZ .
4. No entendemos por qué no se ha elaborado otro baremo para Escalas Técnicas, ni un tribunal específico para ellas. La realización de tareas en estos ámbitos funcionales requieren de una mayor especialización, y por ello, el tribunal y el baremo deben ser especiales (al igual que se ha hecho para las profesiones reguladas). La valoración de la formación en estos puestos puede resultar más beneficiosa y fácil de realizar por el inferior número de aspirantes que en otras escalas,
Por esos motivos, con la redacción actual del documento, si no se recogen otras peticiones realizadas por UGT nuestra valoración en estos momentos es de desacuerdo.
Con respecto al Concurso -Oposición, el Gerente comentó que la fase de oposición constará de un único ejercicio.
El próximo lunes se ha convocado una Mesa de continuación para concretar los baremos definitivos, ¡Veremos qué pasa!